Licencia de Urbanización

    Licencia de Urbanización

    La Licencia de urbanización es la autorización previa para ejecutar en uno o varios predios localizados en suelo urbano, la creación de espacios públicos y privados, así como las vías públicas y la ejecución de obras de infraestructura de servicios públicos domiciliarios que permitan la adecuación, dotación y subdivisión de estos terrenos para la futura construcción de edificaciones con destino a usos urbanos.

    Requisitos

    ● Formulario Único Nacional de solicitud, suministrado por la Curaduría, debidamente diligenciado y firmado por el o los titulares del predio. En este se deben relacionar las direcciones de los predios colindantes.

    ● Copia del documento de identidad del solicitante cuando se trate de personas naturales o certificado de existencia y representación legal, con fecha de expedición no superior a un mes, cuando se trate de personas jurídicas. Este certificado es expedido por la Cámara de Comercio correspondiente.

    ● Poder o autorización debidamente otorgado, cuando se actúe mediante apoderado.

    ● Último recibo de pago del impuesto predial donde figure la nomenclatura alfanumérica o identificación del predio.

    ● Certificado de Tradición y Libertad del predio con fecha de expedición no superior a un mes. Este documento se solicita ante la oficina de Registro y Notariado de Medellín.

    ● Plano topográfico del predio indicando reservas, afectaciones y limitación urbanística.

    ● Una copia heliográfica del proyecto de parcelación firmada por un arquitecto con matrícula profesional y el solicitante de la licencia. Además se debe suministrar una copia magnética del proyecto.
    ● Documentos con las debidas autorizaciones para la auto prestación de los servicios de energía, agua, vertimiento y residuos sólidos.
    ● Cuando el predio este localizado en zona de amenaza o riesgo sísmico, geotécnico o hidrológico, se debe aportar el estudio técnico avalado por la autoridad competente.

    ● Cancelar el cargo fijo de expensas de la Curaduría.

    ● Dentro de los cinco (5) días siguientes a la radicación, se debe suministrar una fotografía de una valla colocada en el predio informando la solicitud de la licencia.

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