
Comunicado de interés al usuario para la prestación del servicio
Acatando lo dispuesto por el Decreto Nacional 491 del 28 de marzo de 2020, que en sus lineamientos generales considera que “… De conformidad con lo anterior se hace necesario tomar medidas en materia de prestación de servicios a cargo de las entidades y organismos del Estado, con la finalidad de prevenir la propagación de la pandemia mediante el distanciamiento social, flexibilizando la prestación del servicio de forma presencial y estableciendo mecanismos de atención mediante la utilización de medios digitales y del uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones, de manera que se evite el contacto entre los servidores públicos y los ciudadanos, sin que ello afecte la continuidad y efectividad del servicio…” la Curaduría Urbana Segunda de Itagui tomando todas las medidas de prevención estipuladas debido a la contingencia que en el país se ha presentado por el COVID19 y con el fin de mantener la continuidad del servicio, ha puesto a disposición, los siguientes canales digitales por los que se hará la recepción de solicitudes generales, se atenderán asesorías con nuestro grupo de profesionales y se recibirá la documentacion requerida para la continuidad del estudio del trámite.
Conforme lo anterior, se informa a la ciudadania en general, los siguientes canales virtuales disponibles para la realización de trámites: .
Correo electrónico: curador2itagui@gmail.com
Allí se pueden remitir tanto las diferentes solicitudes en general, como las consultas relacionadas con la función.
Página web: http://curaduria2itagui.com/contactenos
Telefono: (574) 374 14 44 Consultas e información telefónica.
Curador Urbano
de Itagui
Mario Alonso Velásquez Córdoba
Mario Alonso Velásquez Córdoba, ingeniero civil de la Universidad Nacional de Colombia con Maestría en Planeación Urbana de la Universidad Nacional de Colombia, Especialista en Derecho Urbano de la Universidad Externado de Colombia y en Gerencia Pública para el desarrollo social del instituto Nacional de Administración Pública de España.
Con más de 30 años de ejercicio profesional...
Licencias Urbanísticas
Es la autorización previa para adelantar obras de urbanización y parcelación de predios, de construcción y demolición de edificaciones, de intervención y ocupación del espacio público.

Urbanización
Autorización para ejecutar en
suelo urbano, la creación de
espacios públicosy privados.

Parcelación
Autorización para ejecutar obras que permitan destinar los predios resultantes a los usos permitidos.

Subdivisión
Autorización para dividir uno
o varios predios de conformidad
con lo dispuesto.

Construcción
Autorización previa para desarrollar edificaciones, áreas de circulación y zonas comunales.
Otras Actuaciones
Están relacionadas con la expedición de las licencias, aquellas vinculadas con el desarrollo
de proyectos urbanísticos o arquitectónicos
